Artículo 807

Artículo 807Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si la cosa se destruye por completo, el usufructo se acaba. Si solo es una parte, el derecho sigue en lo que queda. Si el usufructo era solo un edificio y este cae, el derecho muere, pero si era un terreno, subsiste.

Texto oficial

Art. 807. El usufructo se extingue por la destrucción completa de la cosa fructuaria: si sólo se destruye una parte, subsiste el usufructo en lo restante. Si todo el usufructo está reducido a un edificio, cesará para siempre por la destrucción completa de éste, y el usufructuario no conservará derecho alguno sobre el suelo. Pero si el edificio destruido pertenece a una heredad, el usufructuario de ésta conservará su derecho sobre toda ella.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →