Artículo 809 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
El usufructo se acaba si un juez decide que incumpliste gravemente tus obligaciones o dañaste lo recibido. El juez puede quitarte el beneficio completamente o pedirte devolver la cosa, pagándote una pensión anual hasta que el derecho se termine definitivamente.
Art. 809. El usufructo termina, en fin, por sentencia de juez que a instancia del propietario lo declara extinguido, por haber faltado el usufructuario a sus obligaciones en materia grave, o por haber causado daños o deterioros considerables a la cosa fructuaria. El juez, según la gravedad del caso, podrá ordenar, o que cese absolutamente el usufructo, o que vuelva al propietario la cosa fructuaria, con cargo de pagar al fructuario una pensión anual determinada, hasta la terminación del usufructo.
Fuente: BCN / LeyChile ↗