Artículo PRIMERO Transitorio

Artículo PRIMERO TransitorioCódigo Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Mientras no existan jueces de letras de menores específicos en cada lugar, el juez letrado de mayor cuantía de la zona asumirá esas funciones. Si hay más de uno, será el juez del tribunal más antiguo quien tome dicho cargo.

Texto oficial

Artículo primero. Mientras se establezcan los jueces de letras de menores a que se refiere el artículo 18, el juez letrado de mayor cuantía desempeñará las funciones de tal en cada departamento, y en donde hubiere más de uno, el del tribunal de más antigua creación.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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