Artículo 1319 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si alguien recibe su parte bajo una condición, no puede pedir la partición hasta que esta se cumpla. Los demás sí pueden dividir los bienes, siempre que aseguren la parte que le tocará al condicional cuando la condición finalmente se haga realidad.
Art. 1319. Si alguno de los coasignatarios lo fuere bajo condición suspensiva, no tendrá derecho para pedir la partición mientras penda la condición. Pero los otros coasignatarios podrán proceder a ella, asegurando competentemente al coasignatario condicional lo que cumplida la condición le corresponda. Si el objeto asignado fuere un fideicomiso, se observará lo prevenido en el título De la propiedad fiduciaria.
Fuente: BCN / LeyChile ↗