Artículo 1323 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Para ser partidor, debes ser abogado y tener la libre disposición de tus bienes. Además, aplican a estos profesionales las mismas reglas de inhabilitación o recusación que existen para los jueces en el Código Orgánico de Tribunales.
Art. 1323. Sólo pueden ser partidores los abogados habilitados para ejercer la profesión y que tengan la libre disposición de sus bienes. Son aplicables a los partidores las causales de implicancia y recusación que el Código Orgánico de Tribunales establece para los jueces.
Fuente: BCN / LeyChile ↗