Artículo 1401 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Toda donación debe ser autorizada por un juez, trámite llamado insinuación. Si no pides esta autorización, el regalo solo es válido hasta un valor muy pequeño; cualquier exceso sobre ese monto será nulo. El juez autorizará si todo cumple la ley.
Art. 1401. La donación entre vivos que no se insinuare, sólo tendrá efecto hasta el valor de dos centavos, y será nula en el exceso. Se entiende por insinuación la autorización de juez competente, solicitada por el donante o donatario. El juez autorizará las donaciones en que no se contravenga a ninguna disposición legal.
Fuente: BCN / LeyChile ↗