Artículo 1402

Artículo 1402Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si donas el derecho a recibir pagos periódicos, como una renta, y la suma total que recibirá esa persona en diez años supera un monto muy pequeño, es obligatorio pedir la autorización judicial previa para que la donación sea válida legalmente.

Texto oficial

Art. 1402. Cuando lo que se dona es el derecho de percibir una cantidad periódicamente, será necesaria la insinuación, siempre que la suma de las cantidades que han de percibirse en un decenio excediere de dos centavos.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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