Artículo 1551

Artículo 1551Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Estás en mora cuando: primero, no cumpliste en el plazo fijado; segundo, si la obligación solo podía hacerse en un tiempo determinado y lo dejaste pasar; o tercero, cuando el acreedor te exige judicialmente el cumplimiento y no respondes.

Texto oficial

Art. 1551. El deudor está en mora, 1º. Cuando no ha cumplido la obligación dentro del término estipulado, salvo que la ley en casos especiales exija que se requiera al deudor para constituirle en mora; 2º. Cuando la cosa no ha podido ser dada o ejecutada sino dentro de cierto espacio de tiempo, y el deudor lo ha dejado pasar sin darla o ejecutarla; 3º. En los demás casos, cuando el deudor ha sido judicialmente reconvenido por el acreedor.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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