Artículo 1572 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Cualquier persona puede pagar tu deuda, incluso sin tu permiso. Pero si el trabajo requiere tu talento o habilidades específicas, el acreedor no está obligado a aceptar que otra persona lo haga si no quiere que tú lo ejecutes.
Art. 1572. Puede pagar por el deudor cualquiera persona a nombre del deudor, aun sin su conocimiento o contra su voluntad, y aun a pesar del acreedor. Pero si la obligación es de hacer, y si para la obra de que se trata se ha tomado en consideración la aptitud o talento del deudor, no podrá ejecutarse la obra por otra persona contra la voluntad del acreedor.
Fuente: BCN / LeyChile ↗