Artículo 1573 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si pagas una deuda ajena sin que el deudor sepa, solo tienes derecho a que te reembolse el dinero. No pasas a ocupar el lugar del acreedor, por lo que no tienes sus mismos derechos ni privilegios para cobrar esa deuda.
Art. 1573. El que paga sin el conocimiento del deudor no tendrá acción sino para que éste le reembolse lo pagado; y no se entenderá subrogado por la ley en el lugar y derechos del acreedor, ni podrá compeler al acreedor a que le subrogue.
Fuente: BCN / LeyChile ↗