Artículo 1611 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
La subrogación convencional sucede cuando el acreedor, al recibir el pago de un tercero, decide voluntariamente entregarle sus derechos y acciones sobre la deuda. Esto debe quedar registrado formalmente en el recibo o carta de pago del dinero.
Art. 1611. Se efectúa la subrogación en virtud de una convención del acreedor; cuando éste, recibiendo de un tercero el pago de la deuda, le subroga voluntariamente en todos los derechos y acciones que le corresponden como tal acreedor: la subrogación en este caso está sujeta a la regla de la cesión de derechos, y debe hacerse en la carta de pago.
Fuente: BCN / LeyChile ↗