Artículo 1660 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Aunque la compensación ocurra por ley, si no la alegas por desconocer tu crédito, mantienes vivos tus beneficios como fianzas, prendas o hipotecas. No pierdes tus garantías, así que tranquilo, tu respaldo sigue vigente aunque no hayas hecho valer la compensación a tiempo.
Art. 1660. Sin embargo de efectuarse la compensación por el ministerio de la ley, el deudor que no la alegare, ignorando un crédito que puede oponer a la deuda, conservará junto con el crédito mismo las fianzas, privilegios, prendas e hipotecas constituidas para su seguridad.
Fuente: BCN / LeyChile ↗