Artículo 1702 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Un documento privado tiene el mismo valor legal que una escritura pública entre las personas que lo firmaron, siempre que sea reconocido por ellas o validado según la ley. Esto también aplica para quienes reciban los derechos u obligaciones después.
Art. 1702. El instrumento privado, reconocido por la parte a quien se opone, o que se ha mandado tener por reconocido en los casos y con los requisitos prevenidos por ley, tiene el valor de escritura pública respecto de los que aparecen o se reputan haberlo subscrito, y de las personas a quienes se han transferido las obligaciones y derechos de éstos.
Fuente: BCN / LeyChile ↗