Artículo 1706 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Tanto los documentos públicos como los privados tienen valor legal entre las partes incluso en sus cláusulas explicativas, siempre que tengan una relación directa con el objetivo principal o el contenido fundamental del contrato que se está firmando.
Art. 1706. El instrumento público o privado hace fe entre las partes aun en lo meramente enunciativo, con tal que tenga relación directa con lo dispositivo del acto o contrato.
Fuente: BCN / LeyChile ↗