Artículo 1792-22 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Pueden acordar pagar el crédito dando otros bienes en vez de dinero. Si el objeto entregado luego presenta problemas legales y lo pierdes, el crédito original vuelve a nacer, a menos que hayas aceptado expresamente el riesgo de esa entrega.
Art. 1792-22. Los cónyuges, o sus herederos, podrán convenir daciones en pago para solucionar el crédito de participación en los gananciales. Renacerá el crédito, en los términos del inciso primero del artículo precedente, si la cosa dada en pago es evicta, a menos que el cónyuge acreedor haya tomado sobre sí el riesgo de la evicción, especificándolo.
Fuente: BCN / LeyChile ↗