Artículo 1967

Artículo 1967Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Como regla general, el arrendador no puede echarte ni terminar el contrato de arriendo antes de tiempo, bajo la excusa de que él necesita usar la propiedad para sí mismo, a menos que hayan acordado algo distinto en el documento del contrato.

Texto oficial

Art. 1967. El arrendador no podrá en caso alguno, a menos de estipulación contraria, hacer cesar el arrendamiento a pretexto de necesitar la cosa arrendada para sí.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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