Artículo 1968

Artículo 1968Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si te declaras insolvente, el arriendo no se termina de inmediato. Tus acreedores pueden asumir el contrato ofreciendo una garantía al dueño. Si no ofrecen esta seguridad, el arrendador puede dar por terminado el contrato y reclamar indemnizaciones por los daños sufridos.

Texto oficial

Art. 1968. La insolvencia declarada del arrendatario no pone necesariamente fin al arriendo. El acreedor o acreedores podrán substituirse al arrendatario, prestando fianza a satisfacción del arrendador. No siendo así, el arrendador tendrá derecho para dar por concluido el arrendamiento; y le competerá acción de perjuicios contra el arrendatario según las reglas generales.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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