Artículo 2159 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si el mandante no cumple con sus obligaciones básicas de proveer lo necesario o pagar lo acordado, el mandatario queda autorizado para renunciar o desistir de realizar el encargo que se le había encomendado originalmente.
Art. 2159. El mandante que no cumple por su parte aquello a que es obligado, autoriza al mandatario para desistir de su encargo.
Fuente: BCN / LeyChile ↗