Artículo 2161

Artículo 2161Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si el encargo debía hacerse completo, el mandante no está obligado a aceptar una ejecución a medias, a menos que le sea útil. Si el mandatario hace solo una parte, deberá responder por dejar el resto sin terminar.

Texto oficial

Art. 2161. Cuando por los términos del mandato o por la naturaleza del negocio apareciere que no debió ejecutarse parcialmente, la ejecución parcial no obligará al mandante sino en cuanto le aprovechare. El mandatario responderá de la inejecución del resto en conformidad al artículo 2167.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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