Artículo 2427

Artículo 2427Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si tu propiedad pierde valor y ya no alcanza para cubrir la deuda, el acreedor puede pedirte que mejores la hipoteca o le des otra garantía. Si no lo haces, puede exigirte el pago inmediato del total de la deuda.

Texto oficial

Art. 2427. Si la finca se perdiere o deteriorare en términos de no ser suficiente para la seguridad de la deuda, tendrá derecho el acreedor a que se mejore la hipoteca, a no ser que consienta en que se le dé otra seguridad equivalente; y en defecto de ambas cosas, podrá demandar el pago inmediato de la deuda líquida, aunque esté pendiente el plazo, o implorar las providencias conservativas que el caso admita, si la deuda fuere ilíquida, condicional o indeterminada.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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