Artículo 2442

Artículo 2442Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si la deuda que tienes genera intereses, el acreedor tiene todo el derecho legal de usar el dinero o frutos que produzca la propiedad primero para cubrir esos intereses y, solo después, para ir descontando el capital de la deuda.

Texto oficial

Art. 2442. Si el crédito produjere intereses, tendrá derecho el acreedor para que la imputación de los frutos se haga primeramente a ellos.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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