Artículo 2443

Artículo 2443Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Ustedes pueden acordar que los frutos de la propiedad compensen los intereses, ya sea total o parcialmente. Si los intereses pactados resultan excesivos, están sujetos a las mismas reglas de reducción legal que se aplican en los préstamos comunes.

Texto oficial

Art. 2443. Las partes podrán estipular que los frutos se compensen con los intereses, en su totalidad, o hasta concurrencia de valores. Los intereses que estipularen estarán sujetos en el caso de lesión enorme a la misma reducción que en el caso de mutuo.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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