Artículo 25 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Como heredero, no puedes disponer libremente de los bienes que forman parte de la herencia hasta que no hayas inscrito legalmente la resolución que te concede la posesión efectiva de la misma, respetando siempre lo dispuesto en el Código Civil chileno.
Art. 25. Para los efectos de esta ley el heredero no podrá disponer de los bienes de la herencia, sin que previamente se haya inscrito la resolución que da la posesión efectiva de la herencia, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 688 del Código Civil.
Fuente: BCN / LeyChile ↗