Artículo 398 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Para rechazar donaciones o legados, debes seguir las reglas generales de ley. Si esos regalos traen obligaciones o deudas asociadas, solo puedes aceptarlos después de hacer una tasación formal que determine su valor real y los costos involucrados.
Art. 398. Las donaciones o legados no podrán tampoco repudiarse sino con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1236; y si impusieren obligaciones o gravámenes al pupilo, no podrán aceptarse sin previa tasación de las cosas donadas o legadas
Fuente: BCN / LeyChile ↗