Artículo 457

Artículo 457Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si un niño con demencia llega a la pubertad, su padre puede seguir cuidando de él y de sus bienes hasta que cumpla la mayoría de edad. A partir de ese momento, es obligatorio realizar el juicio para decretar su interdicción legal.

Texto oficial

Art. 457. Cuando el niño demente haya llegado a la pubertad, podrá el padre de familia seguir cuidando de su persona y bienes hasta la mayor edad; llegada la cual deberá precisamente provocar el juicio de interdicción.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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