Artículo 502 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
La ley es clara en este punto: por razones de protección y para evitar conflictos de interés, el padrastro no tiene permitido actuar como tutor o curador de su entenado.
Art. 502. El padrastro no puede ser tutor o curador de su entenado.
Fuente: BCN / LeyChile ↗