Artículo 51

Artículo 51Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Los Oficiales del Registro Civil deben recorrer su comuna para incentivar que las parejas que viven juntas y tienen hijos los inscriban. También deben registrar nacimientos pendientes y denunciar aquellos que no se inscribieron en el tiempo que la ley señala.

Texto oficial

Art. 51. Los Oficiales del Registro Civil visitarán su respectiva comuna o sección, en la forma que determine el reglamento, a fin de procurar la celebración del matrimonio del hombre y la mujer que, haciendo vida marital, tengan hijos comunes. Durante su visita, harán las inscripciones de nacimiento que procedan, denunciarán aquellos que no se hubieren inscrito en época oportuna y cuidarán de que esas inscripciones se verifiquen.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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