Artículo 618 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
No puedes perseguir a un animal que otro cazador o pescador ya está siguiendo. Si lo haces sin su consentimiento y logras atraparlo, esa otra persona tiene todo el derecho de reclamar al animal como suyo, ya que él comenzó la persecución primero.
Art. 618. No es lícito a un cazador o pescador perseguir al animal bravío que es ya perseguido por otro cazador o pescador; si lo hiciere sin su consentimiento, y se apoderare del animal, podrá el otro reclamarlo como suyo.
Fuente: BCN / LeyChile ↗