Artículo 644

Artículo 644Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Los frutos naturales son todos aquellos productos que la naturaleza nos entrega, ya sea que cuenten o no con la ayuda, esfuerzo o trabajo de las personas para poder obtenerlos.

Texto oficial

Art. 644. Se llaman frutos naturales los que da la naturaleza ayudada o no de la industria humana.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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