Artículo 679

Artículo 679Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si para realizar el traspaso de una propiedad o un bien específico la ley exige formalidades especiales, como escrituras públicas o ciertos registros, el dominio no se entenderá transferido si no cumples estrictamente con todos esos requisitos legales obligatorios.

Texto oficial

Art. 679. Si la ley exige solemnidades especiales para la enajenación, no se transfiere el dominio sin ellas.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →