Artículo 681

Artículo 681Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Puedes exigir legalmente la entrega de lo que se te debe siempre que ya haya vencido el plazo pactado para el pago. Si existe una orden judicial que diga lo contrario o que suspenda este derecho, deberás acatar dicha resolución.

Texto oficial

Art. 681. Se puede pedir la tradición de todo aquello que se deba, desde que no haya plazo pendiente para su pago; salvo que intervenga decreto judicial en contrario.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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