Artículo 795

Artículo 795Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Como usufructuario, a ti te corresponde pagar todos los gastos habituales para conservar la propiedad en buen estado y los costos necesarios para el cultivo o funcionamiento diario de lo que estás usando.

Texto oficial

Art. 795. Corresponden al usufructuario todas las expensas ordinarias de conservación y cultivo.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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