Artículo 84

Artículo 84Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Cuando se decreta la posesión provisoria, se termina el matrimonio o la sociedad conyugal con el desaparecido. Además, se abre su testamento si existe y se entrega la administración de sus bienes a los herederos presuntivos.

Texto oficial

Art. 84. En virtud del decreto de posesión provisoria, quedará disuelta la sociedad conyugal o terminará la participación en los gananciales, según cual hubiera habido con el desaparecido; se procederá a la apertura y publicación del testamento, si el desaparecido hubiere dejado alguno, y se dará posesión provisoria a los herederos presuntivos. No presentándose herederos, se procederá en conformidad a lo prevenido para igual caso en el Libro III, título De la apertura de la sucesión.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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