Artículo 1580

Artículo 1580Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

La facultad para recibir un pago puede entregarse mediante un poder general para todos los negocios del acreedor, uno especial para ciertos asuntos, o simplemente mediante un mandato directo que le comuniques a la persona que tiene que pagar.

Texto oficial

Art. 1580. La diputación para recibir el pago puede conferirse por poder general para la libre administración de todos los negocios del acreedor, o por poder especial para la libre administración del negocio o negocios en que está comprendido el pago, o por un simple mandato comunicado al deudor.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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