Artículo 255

Artículo 255Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Para donar bienes del hijo, arrendarlos por plazos largos, o decidir si se acepta o rechaza una herencia a su nombre, los padres deben seguir exactamente las mismas reglas y limitaciones que se les imponen a los tutores y curadores legales.

Texto oficial

Art. 255. No se podrá hacer donación de ninguna parte de los bienes del hijo, ni darlos en arriendo por largo tiempo, ni aceptar o repudiar una herencia deferida al hijo, sino en la forma y con las limitaciones impuestas a los tutores y curadores.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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