Artículo 256

Artículo 256Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Al administrar los bienes del hijo, los padres deben actuar con cuidado. Si cometen errores por falta de diligencia (culpa leve), son responsables. Esta responsabilidad alcanza tanto a la propiedad misma de los bienes como a los beneficios que estos produzcan.

Texto oficial

Art. 256. El padre o madre es responsable, en la administración de los bienes del hijo, hasta de la culpa leve. La responsabilidad para con el hijo se extiende a la propiedad y a los frutos, en aquellos bienes del hijo en que tiene la administración, pero no el goce, y se limita a la propiedad cuando ejerce ambas facultades sobre los bienes.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

Preguntar a AbogaBot sobre este artículo →