Artículo 429 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Si la persona encargada de criar y educar al pupilo es negligente, el tutor tiene el deber de hacer todos los esfuerzos razonables para que cumplan su trabajo. Si no logra nada con eso, debe recurrir al juez para solucionar el problema.
Art. 429. El tutor, en caso de negligencia de la persona o personas encargadas de la crianza y educación del pupilo, se esforzará por todos los medios prudentes en hacerles cumplir su deber, y si fuere necesario ocurrirá al juez.
Fuente: BCN / LeyChile ↗