Artículo 488 — Código Civil
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.
Se les prohíbe cambiar la forma de los bienes, pedir préstamos o vender cosas muebles, a menos que sea necesario para pagar deudas o sea parte normal de los negocios del ausente. No pueden tomar decisiones drásticas sin autorización previa.
Art. 488. Se les prohíbe especialmente alterar la forma de los bienes, contraer empréstitos, y enajenar aun los bienes muebles que no sean corruptibles, a no ser que esta enajenación pertenezca al giro ordinario de los negocios del ausente, o que el pago de las deudas la requiera.
Fuente: BCN / LeyChile ↗