Artículo 488

Artículo 488Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Se les prohíbe cambiar la forma de los bienes, pedir préstamos o vender cosas muebles, a menos que sea necesario para pagar deudas o sea parte normal de los negocios del ausente. No pueden tomar decisiones drásticas sin autorización previa.

Texto oficial

Art. 488. Se les prohíbe especialmente alterar la forma de los bienes, contraer empréstitos, y enajenar aun los bienes muebles que no sean corruptibles, a no ser que esta enajenación pertenezca al giro ordinario de los negocios del ausente, o que el pago de las deudas la requiera.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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