Artículo 532

Artículo 532Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Si un tutor interino reemplaza totalmente al titular, se queda con toda la décima parte de los frutos. Si el titular mantiene algunas funciones, la décima se reparte. Si el pago es una herencia, el titular la conserva intacta.

Texto oficial

Art. 532. Si un tutor o curador interino releva de todas sus funciones al propietario, corresponderá su décima íntegra al primero por todo el tiempo que durare su cargo; pero si el propietario retiene alguna parte de sus funciones, retendrá también una parte proporcionada de su décima. Si la remuneración consistiere en una cuota hereditaria o legado, y el propietario hubiere hecho necesario el nombramiento del interino por una causa justificable, como la de un encargo público, o la de evitar algún grave perjuicio en sus intereses, conservará su herencia o legado íntegramente, y el interino recibirá la décima de los frutos de lo que administre.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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