Artículo 747

Artículo 747Código Civil

Qué dice y qué significa, en simple. Texto oficial de la BCN.

Qué significa (en simple):

Los inmuebles que aún están bajo fideicomisos antiguos, mayorazgos o vinculaciones especiales deben convertirse en dinero o capitales, siguiendo las reglas que establezcan las leyes dictadas específicamente para este cambio de formato en la propiedad.

Texto oficial

Art. 747. Los inmuebles actualmente sujetos al gravamen de fideicomisos perpetuos, mayorazgos o vinculaciones, se convertirán en capitales acensuados, según la ley o leyes especiales que se hayan dictado o se dicten al efecto.

Fuente: BCN / LeyChile ↗

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